Ley de Protección al Empleo: Conoce quiénes pueden acogerse a la normativa
- Por Meganoticias
Este jueves 30 de abril se cumple el primer pago de remuneraciones para aquellos trabajadores que se hayan acogido a la Ley de Protección del Empleo, la que les permitirá acceder a fondos de su Seguro de Cesantía para cubrir parte de sus remuneraciones.
¿Quiénes se pueden acoger a la nueva legislación?
La nueva Ley contempla dos nuevos escenarios en los que se puede solicitar el uso de estos fondos, sin que el empleado esté cesante: Por suspensión de las funciones, o por reducción de la jornada laboral y a la vez su sueldo mensual.
En el contexto de dificultades económicas que enfrentará la mayoría de las empresas del país producto de la pandemia por el Covid 19, esta iniciativa busca que empleadores y trabajadores puedan pactar o la suspensión de las labores del trabajador, o la reducción del 50% de la jornada y sueldo, para evitar el despido.
¿Cómo se realiza el trámite?
Después del acuerdo entre trabajadores y cada empresa es el empleador el que debe inscribir a sus trabajadores para que se acojan a la nueva Ley, en una de las dos modalidades.
En ambos casos, los trabajadores ocuparán dinero de su ahorro en el Seguro de Cesantía para obtener un 75% de sus remuneraciones mensuales.
Calendario de Pagos
La Administradora de Fondos de Cesantía reveló el calendario de pagos de remuneraciones, de acuerdo a la fecha en que los empleadores realicen el trámite.
Para que este calendario se cumpla, el empleador debe subir correctamente la nómina de trabajadores suscritos a pacto al menos 10 días antes del cumplimiento del mes, para recibir respuesta dentro de los siguientes 4 días hábiles (aprobación, rechazo por forma o requisito).
Estas son las fechas clave:
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