Seguro de Cesantía: Cuáles son los requisitos para solicitarlo en caso de despido

  • Por Meganoticias

El desempleo alcanzó un 7,8% en el trimestre comprendido entre diciembre de 2019 y febrero de 2020, pero las proyecciones para el resto del año son aún peores debido al estado de Emergencia que vive el país por la pandemia del COVID 19.

En este escenario se aprobó el proyecto de Ley de Protección al Empleo, el cual permite a los trabajadores ocupar sus fondos del Seguro de Cesantía pero en casos específicos en que no exista despido, pero sí suspensión de sus funciones producto de la emergencia, o reducción de su jornada.

Seguro de Cesantía en caso de despido

En el caso de los trabajadores que sean despedidos en sus trabajos, por la actual situación que enfrenta el país u otro motivo, podrán activar su Seguro de Cesantía. En este caso se mantienen las condiciones normales del beneficio.

Para cobrar este seguro se debe acreditar la condición de cesante mediante cualquiera de estos documentos: finiquito, carta del despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial según corresponda.

El trabajador deberá tener cotizaciones desde la fecha de afilación o desde el último giro registrado en su cuenta individual. Se exigen seis cotizaciones, si el contrato es a plazo fijo, y 12 cotizaciones si el contrato es a plazo indefinido.

Se pueden realizar giros mensuales de su cuenta individual por cesantía como su saldo lo permita, de acuerdo a los siguientes porecentajes de la remuneración:

  • Primer mes de cesantía: 70%.
  • Segundo mes de cesantía: 55%.
  • Tercer mes de cesantía: 45%.
  • Cuarto mes de cesantía: 40%.
  • Quinto mes de cesantía: 35%.
  • Sexto mes de cesantía: 30%.
  • A contar del séptimo mes: 30%. 

Posteriormente, existen dos maneras para realizar el trámite para acceder al Seguro de Cesantía:

Por Internet

  • Reunir los antecedentes requeridos (Mantener la condición de cesante y tener seis cotizaciones, para contratos a plazo fijo, o 12 cotizaciones, para contratos a plazo indefinido, en la cuenta individual).
  • Ingresar al sitio web de la AFC y entrar la Sucursal Virtual. Si no tienes clave, la puedes crear en el siguiente enlace.
  • Seleccionar la opción Cobro del Seguro y luego hacer click en Solicitar cobro del seguro.
  • Ingresar clave de seguridad, completar los datos requeridos y adjuntar los documentos solicitados.
  • Una vez revisada la solicitud, recibirás un correo electrónico que indicará si la solicitud fue aprobada o rechazada, dentro de un plazo máximo de tres días hábiles.

Forma presencial

  • Reunir los antecedentes requeridos (Mantener la condición de cesante y tener seis cotizaciones, para contratos a plazo fijo, o 12 cotizaciones, para contratos a plazo indefinido, en la cuenta individual).
  • Dirigirse a una sucursal de la AFC.
  • Explicar el motivo de la visita, que en este caso es para solicitar el pago del Seguro de Cesantía.
  • Entregar los antecedentes y documentos requeridos.
  • Si la solicitud es aprobada, le informarán la fecha y modalidad del pago. 

Uso de Seguro de Cesantía y Fondo de Cesantía solidario en esta emergencia

La Ley de Protección al Empleo habilita el uso del Seguro de Cesantía y el Fondo de Cesantía Solidario en tres nuevos escenarios: Suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad, pacto de suspensión del contrato y pacto de reducción de jornada.

En el caso de suspensión de la relación laboral, los trabajadores podrán acceder al Seguro de Cesantía en la forma en que se paga actualmente, permitiendo cubrir sus remuneraciones el primer mes en un 70%.

En el caso de que se extienda la declaración de catástrofe por parte de la autoridad más de 30 días, los giros serán de 55% y 45% de la remuneración para los meses siguientes.

Para la reducción de la jornada, trabajador y empleador pueden pactar una reducción de hasta un 50% de las jornadas y a su vez remuneración. En este caso se activa el Seguro de Cesantía, el cual entrega un 25% del sueldo, por lo que durante este período el trabajador recibirá un 75% de su salario normal.