Herencias vacantes: ¿Cómo reclamar los bienes de una persona que no dejó herederos?
- Por Meganoticias
En Chile cada año mueren personas que no dejaron herederos, y sus bienes, pertenencias o acciones quedan en manos del Fisco, si es que no existen familiares que reclamen aquel patrimonio.
Pero personas comunes, que no tienen ninguna relación de parentesco con los fallecidos, pueden acceder a un porcentaje de sus bienes cuando ellos fallecen. Esto es lo que se conoce como "Herencias Vacantes".
El ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward, afirmó al programa Mucho Gusto que durante este año se han recibido al menos 268 denuncias por presuntas herencias vacantes, las que en muchos casos se cumplen.
"Cuando una persona muere en Chile sin dejar herederos, el heredero residual o heredero último es el Estado y en muchas ocasiones el Estado no tiene como enterarse que ocurre esto, que muere una persona (...) Existe un premio o galardón que permite al Estado entregarle hasta un 30% del inmueble a quien avise de estos bienes", dice el ministro.
¿Qué pasa con los bienes sin herederos?
Según Ward, el Estado verifica "si es efectivamente una herencia vacante. Eso técnicamente es cuando no hay herederos. Hay un plazo de cinco años para hacer esa reclamación. Si verificamos que en ese lapso de tiempo no aparece ningún heredero, el Estado toma esos bienes y cualquier persona puede reclamar parte de ellos".
¿Cómo se reclaman las herencias vacantes?
El beneficiario que denuncia la existencia de herencias vacantes debe presentar una solicitud en cualquiera de las oficinas de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales. Para ello deben llenar un formulario (pinchar aquí) y presentar los siguientes documentos:
- Formulario de denuncia Herencia Vacante.
- Fotocopia de cédula de identidad del denunciante.
- Certificado de defunción del causante.
- Inventario simple de los bienes muebles, especies y/o valores mobiliarios conocidos por el denunciante.
Si hubieren inmuebles en el patrimonio a denunciar, se debe presentar inscripción de dominio vigente de la propiedad, certificado de avalúo fiscal y otros documentos donde consten bienes hereditarios denunciados.
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