Conoce si puedes acceder al Subsidio de Cesantía

  • Por María Salinas Arias

Para aquellas personas que se encuentran sin trabajo y no pueden acceder al seguro, el Instituto de Previsión Social (ISP) cuenta con un Subsidio de Cesantía.

Éste corresponde a una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días, que da derecho asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio Nacional de Salud, recibir asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas, y asignación por muerte, que cubre los gastos funerarios en caso de que el beneficiario fallezca.

El beneficio debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (IPS o caja de compensación). Ésta también será la encargada de su pago y el monto mensual del subsidio es fijado anualmente y varía según el período en que el beneficiario se encuentre cesante.

Los requisitos para acceder a este subsidio son tener, al menos, 52 semanas o 12 meses continuos o discontinuos de imposiciones en cualquier régimen previsional (IPS o AFP) dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía, estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia, estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación, haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador y haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002.

En tanto, los documentos requeridos son la cédula de identidad, el formulario de solicitud, el finiquito otorgado por el empleador, certificado de afiliación del IPS o AFP, y fotocopia de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad.

Este subsidio es incompatible con el seguro de cesantía

 

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