Todo sobre el Seguro contra Accidentes Escolares
- Por Fernando Pérez Gamboa
En 1972, el Decreto Supremo N°313 incluyó a todos los escolares en el seguro de accidentes de la Ley N° 16.744. Así, los estudiantes del país tienen atención gratuita en toda la Red de Centros de Salud Pública, en caso de sufrir algún problema.
Aclare sus dudas sobre este beneficio en el siguiente "Preguntas y Respuestas":
¿Qué es el Seguro Escolar o Seguro contra accidentes escolares?
Es un beneficio que entrega el Instituto de Seguridad Laboral, y que contempla atención gratuita para los estudiantes chilenos.
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?
Todos los alumnos regulares de establecimientos fiscales, municipales, particulares, subvencionados, particulares no subvencionados, de nivel transición de la educación parvularia, de enseñanza básica, media, normal, técnico agrícola, comercial, industrial, universitaria e institutos profesionales dependientes del Estado o reconocidos por éste.
¿Qué se entiende como accidente escolar?
Bajo los parámetros del beneficio, un accidente escolar es toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios o de la realización de su práctica profesional o educacional, que le produzca incapacidad o su muerte.
Este hecho debe ocurrir en el trayecto directo, de ida o regreso, entre su casa y el establecimiento educacional, en el lugar donde realice su práctica profesional o aquellos accidentes sufridos dentro de su lugar de estudios.
¿Qué eventos no cubre?
Aquellas lesiones producidas intencionalmente por la víctima y los que ocurran debido a una fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con los estudios o la práctica profesional.
¿Cómo se declara el accidente?
El jefe del establecimiento educacional, el médico tratante o el estudiante accidentado, deben presentar una declaración individual de accidente escolar ante el Servicio de Salud que corresponda, en la que se detalle: nombre, comuna y ciudad del establecimiento educacional, datos personales del estudiante e informe del accidente.
¿Cómo acredito que el accidente ocurrió en las circunstancias que habilitan el seguro?
Para acreditar un accidente de trayecto directo, servirá el parte de Carabineros, la declaración de testigos presenciales o cualquier otro medio de prueba igualmente fehaciente.
¿Qué incluye esta cobertura?
Servicio Médico gratuito.
Atención médica, quirúrgica y dental en establecimientos externos o a domicilio, en establecimientos del Sistema Nacional de Servicios de Salud.
Hospitalizaciones, si fuere necesario.
Medicamentos y productos farmacéuticos.
Prótesis y aparatos ortopédicos incluída su reparación.
Rehabilitación física y reeducación profesional.
Gastos de traslado y cualquier otro necesario para el otorgamiento de estas prestaciones.
Pensión permanente, temporal o cuota mortuoria, en caso de ser necesario.
El beneficio dura hasta la entera recuperación del estudiante o mientras existan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente.
Foto: AGENCIA UNO.