Subsidio Empleo Joven y Bono Trabajo Mujer: Revisa el estado de tu pago o si tienes montos no cobrados aquí

  • Por Sandra Rodríguez Cancino

El viernes 29 de mayo pasado comenzó el pago del Subsidio al Empleo Joven y el Bono al Trabajo de la Mujer para las personas que solicitaron el beneficio el pasado mes de febrero.

Los trabajadores que pidieron el pago en efectivo deberán presentarse en la red de atención de Banco Estado o ServiEstado con su cédula de identidad vigente.

Mientras que el Bono al Trabajo de la Mujer está dirigido a las empleadas, dependientes e independientes con sus cotizaciones al día.

Para ser beneficiaria, la mujer debe tener entre 25 y 59 años, contar con ficha de protección social y pertenecer al 40% más vulnerable de la población. 

El beneficio se calcula de acuerdo al nivel de ingresos de las trabajadoras y se paga dos meses después de la postulación. La trabajadora beneficiada puede recibir el bono durante 4 años continuos.

Requisitos:

- Ser mujer trabajadora dependiente, regida por el Código del Trabajo o trabajadora independiente, y tener las cotizaciones previsionales al día.

- Pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según puntaje de focalización lo que depende del puntaje de la Ficha de Protección Social y del ingreso familiar por persona. A partir del año 2015 el puntaje tope para acceder al beneficio es igual o inferior a 113 puntos.

- Tener entre 25 y 59 años. Renta Bruta Mensual inferior $423.685 o Renta Bruta Anual inferior a $5.084.214, valores para el año 2014.

- No pertenecer a empresas estatales (municipales) o que tengan un aporte igual o superior al 50% de aporte estatal.

- No pertenecer a programas de empleo estatal.

Además, el Bono al Trabajo de la Mujer entrega un aporte al empleador lo que busca incentivar la contratación de mujeres que pertenecen a los grupos más vulnerables de nuestro país.

Para conocer el detalle de sus pagos o revisar si tiene montos no cobrados ingrese aquí: 

  

Subsidio al Empleo Joven:

El Subsidio al Empleo Joven, SEJ, es un aporte monetario otorgado por el Estado para mejorar el sueldo de los trabajadores y trabajadoras entre 18 y menos de 25 años de edad que perciben bajos salarios (es decir, que pertenecen al 40% más vulnerable de la población). El beneficio apoya además a quienes los contratan (sus empleadores).

Desde 2011 se exige que los postulantes de más de 21 años de edad deben tener licencia de educación media.

¿Quiénes pueden postular?

Trabajadores/as que tengan entre 18 y menos de 25 años de edad, que estén trabajando de manera dependiente o independiente, y que:

- Integren un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población, es decir, que tengan un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social (MDS).

- Acrediten una Renta Bruta Anual inferior a $5.084.214 (impuesto incluido) o una Renta Bruta Mensual inferior de $423.685.

- Tengan al día el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.

- No trabajen en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%.

El/la trabajador/a que cumpla o tenga 21 años deberá tener Licencia de Educación Media al momento de acceder al subsidio (art. 11 ley 20.338).

Los trabajadores independientes deberán acreditar rentas señaladas en el N° 2 del artículo 42 de la Ley de Impuesto a la Renta en el año calendario en que solicita el beneficio y tener al día el pago de sus cotizaciones obligatorias de pensiones y de salud del año calendario indicado.

Empleadores/as por sus trabajadores/as dependientes de entre 18 y 25 años de edad regidos por el Código del Trabajo, que:

- Integren un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población, es decir, que tengan un puntaje igual o inferior a 11.734 puntos en la Ficha de Protección Social (MDS).

- Acrediten una Renta Bruta Anual inferior a $5.084.214 (impuesto incluido) o una Renta Bruta Mensual inferior de $423.685.

- Tengan al día el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.

- No trabajen en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%.

¿Cómo postular?

Las postulaciones se hacen desde el portal Subsidio Empleo Joven, donde después del registro de datos se debe llenar una ficha de postulación con los antecedentes socioeconómicos.

Si el proceso se hace correctamente comienza a regir el plazo de 90 días para la comprobación de los datos entregados.

¿Cuánto y cómo se paga?

Su pago puede ser en modalidad Anual o Mensual según la opción que el trabajador escoja al momento de postular.

Una vez aprobado el pago mensual, este se cancelará con un desfase de tres meses, el último día hábil del mes.

El pago de quienes postularon durante el año 2014 y escogieron la modalidad "pago anual" se realizará el segundo semestre 2015.

Si el trabajador dependiente optó por el pago mensual, debe considerar que éste es entendido como pago provisional, es decir, que es considerado como anticipo del monto total correspondiente como pago anual.

Para los empleadores el subsidio siempre será mensual. Cuando un trabajador tiene más de 1 empleador el beneficio se distribuye en la misma proporción de las remuneraciones.

Si las cotizaciones del trabajador no se encuentran pagadas, se le suspenderá el beneficio y el empleador lo perderá. El trabajador podrá obtenerlo una vez que se realice el pago de dichas cotizaciones.

Revisa si tienes montos no cobrados aquí: 

 

Revisa el estado de tu pago aquí:

Foto Agencia UNO.