Corte Suprema rechaza extradición de Carlos Cardoen solicitada por EEUU
¿Qué pasó?
Este lunes, la Corte Suprema confirmó el rechazo de la solicitud de extradición del empresario chileno Carlos Cardoen, requerida por el gobierno de Estados Unidos.
Esta extradición había sido solicitada por distintos cargos relacionados con una presunta exportación ilegal de tráfico de circonio y falsedad documental.
Corte Suprema rechaza solicitud de extradición a EE.UU. de Carlos Cardoen Cornejo https://t.co/pWk2noeRvG pic.twitter.com/9i5g7hg4Sh
¿Qué dijo la Corte Suprema?
La decisión, en fallo unánime, fue tomada por la Segunda Sala del máximo tribunal del país y determinó que “no se cumplen con los requisitos de tipicidad del delito y doble incriminación”.
“El Tratado suscrito entre Chile y Estados Unidos, conforme con lo dispuesto en su artículo VII, establece que la extradición no será procedente cuando la prescripción haya operado con arreglo a la legislación del país requerido”, detalla la resolución acerca de la negativa a la extradición.
Acusación contra Cardoen
Este fallo de la Corte Suprema ratifica la decisión tomada por el ministro Carlos Aránguiz en marzo de este año, cuando ya se había rechazado la extradición del empresario de 78 años.
Estados Unidos acusa a Cardoen de exportar ilegalmente circonio desde el país norteamericano hacia Chile, con el objetivo de fabricar y vender bombas de racimo a Irak, entre los años 1982 a 1989.
Esta supuesta transacción le habrían reportado al empresario ganancias cercanas a los 150 millones de dólares.
Prescripción del delito
Para la Suprema, “los hechos atribuidos al requerido y que se han escrito en las notas diplomáticas enviadas por el Estado requirente, tanto para pedir la prisión previa, como para formalizar su pedido de extradición (...) carecían de la tipicidad necesaria para ser calificados como delitos en nuestro país”.
“Ahora bien, aun en el evento que las conductas imputadas a Cardoen Cornejo pudiesen ser subsumidas en alguna figura penal contemplada en otra normativa especial, como pudiera ser aquella Penal Aduanera, necesariamente debe concluirse que ha operado la prescripción de la acción penal”, concluyó el tribunal.
¿Qué dijo Carlos Cardoen?
Leer más de